Protocolo ALBA Yucatán

Protocolo de la ventanilla única del Protocolo ALBA (mujeres, niñas y personas vulnerables de cualquier género):

El servidor público que reciba el aviso, reporte o noticia sobre la ausencia o extravío de una mujer o una niña, deberá canalizar de inmediato a la víctima indirecta a la agencia del Ministerio Público que corresponda al último lugar donde fue vista la persona reportada, o en su caso ponerse en contacto con el enlace del Protocolo ALBA responsable de la ventanilla única de atención que está ubicada en la Coordinación Estatal del Programa Alerta AMBER Yucatán, en el edificio central de la Fiscalía General del Estado de Yucatán.

El fiscal investigador a cargo, remitirá copia simple de la denuncia a la Ventanilla Única, a fin de que el entrevistador recabe todos los datos para la elaboración del boletín de búsqueda; para que en caso que, proceda la activación del Protocolo ALBA, se encargue de la difusión, seguimiento, desactivación y/o alcance por localización, a través de los medios de comunicación masiva y de los enlaces del programa Protocolo ALBA.

Alertas

Requisitos

  1. Denunciar inmediatamente la ausencia, desaparición, extravió, privación ilegal de la libertad, sustracción o no localización de la mujer, niña o persona vulnerable desaparecida o ausente.
  2. Acudir al departamento del Programa Estatal Alerta AMBER Yucatán, a fin de que el entrevistador recabe todos los datos para la elaboración del boletín de búsqueda para que en caso que proceda la activación del Protocolo ALBA.
  3. Presentar una fotografía reciente de la persona reportada ya sea impresa o digital, así como proporcionar la mayor información disponible de la persona y de las circunstancias de desaparición.
  4. Firmar la carta de consentimiento para la activación del Protocolo ALBA, de proceder a la activación.

Período

Una vez interpuesta la denuncia, el Fiscal Investigador a cargo de la indagatoria, deberá realizar una evaluación de los hechos reportados por la persona que reporta el extravío y haber realizado y documentado las actuaciones mencionadas, en el supuesto de que no se haya localizado a la persona ausente se activará el PROTOCOLO ALBA a través de la ventanilla única.

Criterios para Activación

  1. Que la persona sea menor de once años; y/o
  2. Que la persona sea mayor de sesenta años o que por cualquier otra circunstancia no tenga capacidad de comprensión; y/o
  3. Que tenga alguna discapacidad física o intelectual; y/o
  4. Que se encuentre en estado de gravidez; y/o
  5. Cuando de las circunstancias en que ocurrió la desaparición pueda inferirse que se encuentra en una situación de peligro inminente. (por ejemplo casa desordenada con rastros de sangre, antecedentes de violencia referido por testigos o vecinos, etc.)

Criterios improcedentes

  1. Que la mujer adulta se encuentre en compañía de persona distinta a la que reportó su no localización y desaparición, y se trate de un problema meramente familiar; y/o
  2. Que la mujer adulta mantenga comunicación por cualquier medio con sus familiares y amistades; y/o
  3. Que se trate de ausencias voluntarias y se encuentre con personas con quienes tenga una relación cercana; y/o
  4. Que la ausencia tenga como origen problemas de conducta reincidente, y no sea latente una situación de riesgo; y/o
  5. Cuando la difusión del boletín de búsqueda pueda provocar un riesgo inminente de sufrir un daño grave en la integridad personal de quien haya sido reportada como no localizada.