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A prisión por violar órdenes de protección en Akil


 

Mérida, Yucatán, 26 de febrero de 2026.

Un año de prisión fue la condena dictada en contra de C.C.M., tras ser hallado penalmente responsable del delito de violación a las órdenes de protección, de acuerdo con los datos de prueba aportados por la Fiscalía General del Estado (FGE) por los hechos ocurridos en el municipio de Akil.

Durante el procedimiento de juicio abreviado celebrado ante la Juez Primero de Control del Tercer Distrito, con sede en Tekax, esta representación social expuso los elementos que derivaron en el fallo condenatorio, al confirmarse la culpabilidad del acusado, prescindiendo de la lectura de sentencia tras la renuncia de las partes a los plazos para interponer recursos.

De acuerdo con la indagatoria de la causa penal 67/2025, los hechos se registraron el 17 de mayo de 2025, cuando el individuo ingresó sin motivo justificado a un domicilio ubicado en la colonia Centro del citado municipio, donde se encontraba su esposa.

Las investigaciones establecieron que el sujeto amenazó e intimidó a la víctima, violando las restricciones impuestas por la autoridad a pesar de tener pleno conocimiento de la existencia de medidas de protección vigentes en favor de la mujer, por lo que fue detenido en el interior del predio.

Además de la pena privativa de la libertad, la autoridad judicial lo condenó al pago de la reparación del daño, recibir una amonestación pública y participar en programas de reeducación integral. Asimismo, se le impuso la prohibición de acercarse a la víctima y al lugar de los hechos por un periodo de tres años una vez que cumpla su condena en prisión.

67/2025 Akil C.C.M. Juicio Abreviado violación a las órdenes de protección