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Acuerdo CTAEPAMPPDF-SUBCS-02/2025 por el que se señalan a las organizaciones que formarán parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio


 

Acuerdo CTAEPAMPPDF-SUBCS-02/2025 por el que se señalan a las tres organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos que complementarán a las dos seleccionadas, y que formarán parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio para el período 2025-2028.

 

ANTECEDENTES

PRIMERO: En fecha 28 de octubre del 2025 se publicó en el Diario Oficial del Estado el Acuerdo FGE13/2025 por el que se modificó el Acuerdo FGE12/2025 que regula el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Policial y Pericial en el Delito de Feminicidio publicado en fecha 11 de agosto del 2025, Acuerdo FGE13/2025 que en su capítulo VII regula la Convocatoria y el proceso de selección para las organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos.

 

SEGUNDO: En su artículo transitorio SEGUNDO se estableció que la persona Presidente del Comité expidiera en un plazo no mayor a treinta días naturales contados a partir de su entrada en vigor, una nueva convocatoria para elegir a las tres  organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos que complementarán a las dos seleccionadas (Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal, Asociación Civil UNASSE y Centro Alternativo para el Desarrollo Integral Indígena A.C), para conformar a las que hace referencia la fracción XXIII del artículo 5 del acuerdo en cuestión, participen en el proceso de selección para integrar el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, por lo que en fecha 29 de octubre del año en curso, se publicó en la página de la Fiscalía General del Estado y en los medios de comunicación de mayor alcance para la sociedad en el Estado de Yucatán la citada convocatoria.

 

TERCERO: En atención a dicha Convocatoria se registraron un total de ocho organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos: Colectivo “Agenda de las Mujeres para la Igualdad Sustantiva en Yucatán”, Fundación para la Equidad A.C.. APIS Sureste), Ciencia Social Alternativa A.C., Red de Acompañamiento Yucatán A.C., Centro por la Justicia, Democracia e Igualdad A.C. (CEJUDI A.C.), Observatorio Ciudadano Nacional de Violencia A.C., Asociación Mexicana para la Igualdad y el Bienestar ( YAXCHÉ A.C.) y  Colectivo “Frente por los Derechos de las Mujeres en Yucatán”.

 

CONSIDERANDOS

 

PRIMERO:  Que el Acuerdo FGE  12/2025 y el Acuerdo FGE13/2025 por el que se regula el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, en su artículo 3 establece que el objeto del citado Comité es analizar, evaluar y dar seguimiento a la aplicación del Protocolo en las investigaciones iniciadas por el delito de feminicidio.

SEGUNDO: Que de conformidad a lo establecido en el Acuerdo FGE 13/2025 se establece   en su artículo 5 fracción XXIII que el Comité estará integrado, entre otros, por cinco representantes de organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos vinculados en temas de violencia contra la mujeres o defensa de los derechos de las mujeres, y que durarán en su cargo tres años.

TERCERO: Que en fecha 06 de octubre del año en curso, con base al Acuerdo FGE12/2025 se realizó la primera selección de las organizaciones civiles que formarán parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio para el período 2025-2028, resultando de dicha elección seleccionadas únicamente dos de las cinco Asociaciones Civiles a que hace referencia el citado artículo 5 fracción XXIII.

CUARTO: Que de conformidad a lo señalado en el artículo 26 del citado Acuerdo FGE 13/2025 se establece la existencia, como órgano colegiado, del Subcomité de Selección, cuya institución, competencia y funciones se encuentran reguladas en el Capítulo VII denominado “Convocatoria y proceso de selección para organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos”.

QUINTO: Que para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo último del artículo 29 del Capítulo VII del citado Acuerdo FGE 13/2025 resulta necesario emitir el Acuerdo en el que se señalen   las organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos que complementarán y formarán parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio.

Por lo que por lo anteriormente expuesto y fundado se emite el siguiente:

Acuerdo CTAEPAMPPDF-SUBCS-02/2025 por el que se señalan a las tres organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos que complementarán y formarán parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio para el período 2025-2028.

 

ACUERDO

Organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos seleccionados

1. En virtud de haber cumplido con los requisitos establecidos, y por considerar este órgano colegiado que resultan ser las más idóneas para los fines que persigue el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, a partir de la presente, y para el período 2025-2028, forman parte del mismo las siguientes organizaciones de la sociedad civil y/o colectivos:

1) COLECTIVO “AGENDA DE LAS MUJERES PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA EN YUCATÁN”.

2) FUNDACIÓN PARA LA EQUIDAD A.C. (APIS SURESTE).

3) CIENCIA SOCIAL ALTERNATIVA A.C.

 

 

Acuerdo inapelable

2. De conformidad al párrafo último del artículo 29 del Acuerdo FGE 13/2025, la determinación tomada por este órgano colegiado es inapelable.

Publicación

3. De conformidad con el artículo 30 del citado Acuerdo FGE 13/2025, el presente resultado será entregado a la Secretaria Técnica del Comité, a efecto de que la misma remita a la Unidad Administrativa correspondiente dicho resultado para su debida publicación en la página oficial de la Fiscalía General del Estado de Yucatán y en los medios de comunicación de mayor alcance para la sociedad en el Estado de Yucatán, el día 01 de diciembre del año en curso, día establecido en la Convocatoria dirigida a las Organizaciones de la Sociedad Civil y/o Colectivos.

TRANSITORIO

Entrada en vigor.

Artículo único. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el portal de la Fiscalía General del Estado de Yucatán.

Dado en la sede de la Fiscalía General del Estado de Yucatán a los 27 días del mes de noviembre de 2025.

(RÚBRICAS )

 

DR. EN DER. ARTURO JOSÉ AMBROSIO HERRERA

Vice fiscal de Investigación y

Litigación “A”

 

MTRO. EN DER. ERIC LÓPEZ FÉLIX Director de Investigación y Litigación “A

LIC. ANDRÉS GONZALO

VALENCIA NICOLI

Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales

 

 

MTRA. EN DER. ELSY MARGARITA ANDUEZA PUERTO

Directora de Investigación y

Litigación “C”

LICDA. GABRIELA ROCÍO PECH LIZAMA

Directora de Investigación y

Litigación “D”

M.D.H. MARÍA GUADALUPE MÉNDEZ CORREA

Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán

 

 

LICDA. SISELY DEL ROSARIO

BURGOS CANO

Secretaria de las Mujeres del

Estado de Yucatán