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CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL VINCULADAS EN TEMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES


 

CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL VINCULADAS EN TEMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES O DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES PARA FORMAR PARTE DEL COMITÉ TÉCNICO DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MINISTERIAL, PERICIAL Y POLICIAL EN EL DELITO DE FEMINICIDIO DENTRO DEL PERIODO COMPRENDIDO DEL 2025 AL 2028.

 

EL COMITÉ TECNICO DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MINISTERIAL, PERICIAL Y POLICIAL EN EL DELITO DE FEMINICIDIO A TRAVES DE SU PRESIDENTE

CONVOCA

A todas las Organizaciones de la sociedad civil vinculadas en temas de violencia contra las mujeres o defensa de los derechos de las mujeres que deseen formar parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio para el período 2025 - 2028, con fundamento en el artículo 11 fracción III, 129 y 130 del Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, en el artículo 5 fracción XXIII, penúltimo y último párrafo del Capítulo II Integración del comité y los artículos 19, 20, 21,27,28,29 y 30 del Capítulo VII Convocatoria y proceso de selección de la sociedad civil del Acuerdo FGE 12/2025 por el que se regula el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria se les convoca a participar en el proceso de selección que se llevará a cabo bajo las siguientes bases:

REQUISITOS

Para participar en los procesos de selección para integrar el comité las organizaciones de la sociedad civil a las que se refiere la fracción XXIII del artículo 5, deberán de cumplir de conformidad con el artículo 6 del Acuerdo FGE 12/2025, con los siguientes requisitos:

I.                     Tener su domicilio en el estado de Yucatán.

II.                   Estar debidamente constituidas conforme a la legislación aplicable.

III.                 Contar, con al menos, cinco años de operación.

IV.                Tener como objeto la atención de temas de violencia contra las mujeres o defensa de los derechos de las mujeres.

V.                  Estar al corriente de las obligaciones fiscales a su cargo.

 

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

a) Comprobante del domicilio fiscal.

b) Documento que acredite el cumplimiento de las obligaciones del ejercicio fiscal del año inmediato

anterior a la época de la convocatoria.

c) Acta constitutiva.

d) Identificación oficial con fotografía de la persona que representará a la organización civil, misma que deberá estar mencionada en el acta constitutiva o en algún acta de asamblea posterior, caso en el cual deberá ésta igualmente exhibirse.

e) Constancia, de la persona que representará a la organización civil, de no estar en su caso, en la lista de deudores alimentarios, y

f) Carta de exposición de motivos en la que explique su interés en formar parte del Comité y la importancia de sus aportaciones para el mismo

 

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

Las organizaciones de la sociedad civil interesadas que acrediten el cumplimiento de los requisitos antes señalados, podrán realizar su registro y presentar la documentación en el período comprendido del 09 al 29 de septiembre, en días hábiles, de lunes a viernes, en el horario comprendido de 09:00 a 15:00 horas, en la Dirección del Centro de Justicia Para las Mujeres, ubicado en el Km. 45.5 tablaje catastral 12648 CP. 97314 Mérida, Yucatán.

1. La Secretaria del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, verificará el cumplimiento de la documentación y de los requisitos exigidos en la presente convocatoria y emitirá el acuse de recibo de documentos y la ficha de inscripción correspondiente.

2. El plazo para el registro es improrrogable y sólo quien obtenga su constancia con número de folio podrá participar.

3. Las organizaciones de la sociedad civil registradas se sujetarán a las bases contenidas en la presente convocatoria

4. El resultado de la selección se publicará el día 09 de octubre del 2025, en el portal de internet de la Fiscalía General del Estado www.fge.yucatan.gob.mx.

BASES:

1.- El Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio tiene por objeto analizar, evaluar y dar seguimiento a la aplicación del protocolo en las investigaciones iniciadas por el Delito de Feminicidio.

2.- El tiempo del cargo como integrante del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio es de tres años, correspondiente al período del año 2025 al año 2028.

3.- Las organizaciones civiles que integren al comité tendrán las facultades y obligaciones establecidas en el artículo 18 del Acuerdo FGE12/2025.

 

ASPECTOS GENERALES:

1. Se requiere la representación de las organizaciones civiles durante todo el proceso de selección.

2. Se requiere disponibilidad de tiempo completo durante el desarrollo de las etapas de la presente convocatoria.

3. Durante todo el proceso establecido en la presente convocatoria las organizaciones civiles deberán conducirse con respeto y resguardar el principio de secrecía, respecto de la información que conozcan con motivo de su participación.

4. El Presidente del Comité se reserva en todo momento el derecho de suspender o declarar desierta la presente convocatoria, con independencia de la etapa en que se encuentre.

5. Los resultados de cada etapa del proceso de selección y las decisiones del Subcomité de Selección establecido de conformidad con el artículo 26 y el artículo 29 del Acuerdo FGE 12/2025 son inimpugnables y no admiten recurso alguno.

6. Se evitará toda discriminación por razón de género, religión, estado civil, origen étnico o condición social, o cualquier otra que viole el principio de igualdad de oportunidades, para quienes cumplan con los requisitos de la convocatoria. Los requisitos que deberán cumplir las organizaciones civiles para participar en los procesos de selección para integrar el comité, en ningún caso constituyen discriminación alguna.

7. La calidad de solicitante o aspirante, y en su momento de integrante del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, no establece relación laboral o vínculo alguno con la Fiscalía General del Estado de Yucatán, en virtud de que los cargos de los integrantes del Comité son de carácter honorífico, por lo tanto quienes los ocupen no devengarán retribución alguna por su desempeño.

8. Las organizaciones civiles que acrediten los requisitos y el proceso en los términos de la presente convocatoria, y fueran seleccionadas, podrán formar parte del Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, considerando que la selección y designación es facultad exclusiva del Subcomité de Selección.

9. La Secretaria Técnica del Comité se encargará de remitir a la Unidad Administrativa correspondiente, la lista de las organizaciones civiles que cumplieron de manera satisfactoria todo el proceso en los términos de la presente convocatoria y fueron seleccionadas para integrar el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, a efecto de la publicación de dichos resultados en la página oficial de la Fiscalía General del Estado de Yucatán

10. Toda la documentación e información generada durante el proceso de la presente convocatoria será tratada en los términos y condiciones que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán y la Ley de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Yucatán.

11. En caso de que no haya organizaciones de la sociedad civil que hayan participado en el proceso de selección o que no hayan cumplido con los requisitos para formar parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, dicho Comité continuará funcionando con los integrantes con los que cuenta y hasta que se emita una nueva convocatoria.

12. Lo no previsto en la presente convocatoria, será resuelto durante el proceso por el Presidente del Subcomité de Selección.

 

Fiscalía General de Estado de Yucatán Km. 45.5 tablaje catastral 12648

CP. 97314 Mérida, Yucatán Centro de Justicia Para las Mujeres

Teléfono: 9999 303279 Ext. 41264.

En un horario de 09:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes.

Página oficial: https://www.fge.yucatan.gob.mx

Mérida. Yucatán a 08 de septiembre de 2025.

 

ATENTAMENTE

MTRO. JUAN MANUEL LEÓN LEÓN.

FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE YUCATÁN EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL COMITÉ TÉCNICO DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MINISTERIAL, PERICIAL Y POLICIAL EN EL DELITO DE FEMINICIDIO