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Mérida, Yucatán, a 13 de enero de 2025.
Por
no cumplir con los pagos establecidos por un Juez de lo Familiar en favor de
sus dos hijos, el ciudadano C.D.C.Q. fue imputado por el delito de
incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar.
Una
vez atribuido el delito, el acusado se acogió a la ampliación del término legal
para definir su condición jurídica, por lo que el Juez Segundo de Control, con
sede en Mérida, convocó a las partes para el 14 de enero, para continuar la
audiencia.
De
los hechos reunidos por especialistas de la Fiscalía General del Estado (FGE)
en la causa penal 440/2024, se establece que el encausado y la denunciante
estuvieron casados y procrearon dos hijos, uno de los cuales es menor de edad.
En
octubre del 2010, luego de promover un divorcio voluntario, un Juez de lo
Familiar sentenció a C.D.C.Q. a pagar el equivalente al 45% de sus percepciones
mensuales y la cantidad de 500 pesos por concepto de renta en favor de sus
hijos.
No
obstante, desde abril del 2012 el acusado ha depositado cantidades inferiores a
la pactada y no cumplió con el pago de arrendamiento acordado afectando de esta
manera la subsistencia familiar, por lo que se interpuso la formal denuncia.
Antes
de dar por concluida la diligencia, el Juez concedió las medidas promovidas por
la Fiscalía, que incluye la presentación periódica del acusado, la prohibición
para salir del Estado y estar al cuidado del Centro Estatal de Medidas
Cautelares.