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Resultado de la Convocatoria para la selección de las Organizaciones de la Sociedad Civil vinculadas en temas de violencia contra las Mujeres


 

2028.

ANTECEDENTES

PRIMERO: En fecha 11 de Agosto del 2025 se publicó en el Diario Oficial del Estado el Acuerdo FGE12/2025 por el que se regula el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Policial y Pericial en el Delito de Feminicidio, entrando en vigor el mismo día 11 de agosto del 2025, y el cual en su capítulo VII regula la Convocatoria y el proceso de selección para las organizaciones de la sociedad civil.

SEGUNDO: En su artículo transitorio SEGUNDO se estableció que la persona Presidente del Comité expidiera en un plazo no mayor a treinta días naturales, contados a partir de su entrada en vigor, la convocatoria para que las organizaciones de la sociedad civil a que se refiere la FRACCIÖN XXIII del artículo 5 del acuerdo en cuestión participen en el proceso de selección para integrar el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, por lo que en fecha 09 de septiembre del año en curso se publicó en la página de la Fiscalía General del Estado la citada convocatoria.

TERCERO: En atención a dicha Convocatoria se registró un total de dos organizaciones de la sociedad civil.

CONSIDERANDOS

PRIMERO.- Que el Acuerdo FGE 12/2025 por el que se regula el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, en su artículo 3 establece que el objeto del citado Comité es analizar, evaluar y dar seguimiento a la aplicación del Protocolo en las investigaciones iniciadas por el delito de feminicidio.

SEGUNDO.- Que de conformidad a lo establecido en el Acuerdo FGE 12/2025 se establece en su artículo 5 FRACCIÓN XXIII que el Comité estará integrado, entre otros, por cinco representantes de organizaciones de la sociedad civil vinculadas en temas de violencia contra la mujeres o defensa de los derechos de las mujeres, y que durarán en su cargo tres años.

TERCERO.- Que de conformidad a lo señalado en el artículo 26 del citado Acuerdo FGE 12/2025 se establece la existencia, como órgano colegiado, del Subcomité de Selección, cuya institución, competencia y funciones se encuentran reguladas en el CAPÍTULO VII denominado “Convocatoria y proceso de selección para organizaciones de la sociedad civil”.

CUARTO.- Que para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo último del artículo 29 del CAPÍTULO VII del citado Acuerdo FGE 12/2025 resulta necesario emitir el Acuerdo en el que se señale las organizaciones de la sociedad civil que formarán parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio.

Por lo que por lo anteriormente expuesto y fundado se emite el siguiente:


2028.

ACUERDO

Organizaciones de la sociedad civil seleccionadas

1.- En virtud de haber cumplido con los requisitos establecidos, y por considerar este órgano colegiado que resultan ser las más idóneas para los fines que persigue el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, a partir de la presente, y para el período 2025-2028, forman parte del mismo las siguientes organizaciones de la sociedad civil:

1.- Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal Asociación Civil (UNASSE), y

2.- CENTRO ALTERNATIVO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL INDÍGENA A.C

Acuerdo inapelable

2.- De conformidad al párrafo último del artículo 29 del Acuerdo FGE 12/2025, la determinación tomada por este órgano colegiado es inapelable.

Publicación

3. De conformidad con el artículo 30 del citado Acuerdo FGE 12/2025, el presente resultado será entregado a la Secretaria Técnica del Comité, a efecto de que la misma remita a la Unidad Administrativa correspondiente dicho resultado para su debida publicación en la página oficial de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, el día 09 de Octubre del año en curso, día establecido en la Convocatoria dirigida a las Organizaciones de la Sociedad Civil.

TRANSITORIO

Entrada en vigor.

Artículo único. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el portal de la Fiscalía General del Estado de Yucatán.

Dado en la sede de la Fiscalía General del Estado de Yucatán a los 06 días del mes de octubre de 2025.

(RÚBRICAS)

 

DR. DER. ARTURO JOSÉ AMBROSIO HERRERA

Vicefiscal de Investigación y Litigación “A”

MD. ELSY MARGARITA ANDUEZA PUERTO

Directora de Investigación y Litigación “C”

LIC. ANDRÉS GONZALO VALENCIA NICOLI

Titular de la Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales

LICDA. GABRIELA ROCÍO PECH LIZAMA

Directora de Investigación “D”

M.D.H. MARÍA GUADALUPE MENDEZ CORREA

Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán

LICDA. SISELY DEL ROSARIO BURGOS CANO

Titular de la Secretaría de las Mujeres