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SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL VINCULADAS EN TEMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES


 

SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COLECTIVOS VINCULADOS EN TEMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES O DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES PARA FORMAR PARTE DEL COMITÉ TÉCNICO DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MINISTERIAL, PERICIAL Y POLICIAL EN EL DELITO DE FEMINICIDIO DENTRO DEL PERIODO COMPRENDIDO DEL 2025 AL 2028.

 

EL COMITÉ TECNICO DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MINISTERIAL, PERICIAL Y POLICIAL EN EL DELITO DE FEMINICIDIO A TRAVES DE SU PRESIDENTE

CONVOCA

A  todas las Organizaciones de la sociedad civil y Colectivos cuya labor esté vinculado en temas de violencia contra las mujeres o defensa de los derechos de las mujeres que deseen  formar parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio para el período 2025 - 2028, con fundamento en el artículo 11 fracción III, 129 y 130 del Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, artículos 6, 19, 20, 21 del Acuerdo FGE12/2025 y artículo 5 fracción XXIII, penúltimo y último párrafo, del Capítulo II “Integración del Comité”, artículos 26, 27, 28, 29, 30 y 31 del Capítulo VII “Convocatoria y proceso de selección de la sociedad civil y/o colectivos” del Acuerdo FGE13/2025, que regula el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, y que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, se les invita a participar en el proceso de selección que se llevará a cabo bajo las siguientes:

BASES:

 

1.- El Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio tiene por objeto analizar, evaluar y dar seguimiento a la aplicación del protocolo en las investigaciones iniciadas por el Delito de Feminicidio. 

2.- El tiempo del cargo de las Organizaciones de la sociedad civil y/o Colectivos como integrantes del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio es de tres años, correspondiente al período del año 2025 al año 2028.

3.- Las Organizaciones Civiles y Colectivos que integren al comité tendrán las facultades y obligaciones establecidas en el artículo 18 del Acuerdo FGE12/2025.

4.- Considerando que en fecha 09 de septiembre de 2025, de conformidad con el Acuerdo FGE12/2025, se emitió una Primera Convocatoria dirigida a las Organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en formar parte del Comité, y resultando de dicho proceso seleccionadas únicamente dos organizaciones civiles en fecha 06 de octubre del año en curso, con el objetivo de lograr la integración al Comité de las posibles Organizaciones de la Sociedad civil y/o Colectivos a que hace referencia la fracción XXIII del artículo cinco del Acuerdo FGE 13/2025, se abre la presente Convocatoria únicamente para la selección de hasta tres Organizaciones de la sociedad civil y/o Colectivos 

 

REQUISITOS

 

Para participar en los procesos de selección para integrar el comité las Organizaciones de la sociedad civil y Colectivos a que hace referencia la fracción XXIII del artículo 5, deberán de cumplir de conformidad con el artículo 6 del Acuerdo FGE 13/2025, con los siguientes requisitos:

 

I.             Tener su domicilio en el Estado de Yucatán.

II.            Las asociaciones civiles y/o colectivos deben contar con un documento que acredite su interés legítimo en temas de violencia contra las mujeres o defensa de los derechos de las mujeres.

III.          Contar, con al menos, cinco años de operación.

IV.          Tener como objeto la atención de temas de violencia contra las mujeres o defensa de los derechos de las mujeres.

V.           Derogada

VI.          Las demás que el Comité considere necesaria.

 

 

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

a)            Comprobante del domicilio fiscal.

b)           Acta constitutiva en la que:

1.-Compruebe tener como objeto temas de violencia contra las mujeres o defensa de los derechos de las mujeres,

2.-Acredite contar, con al menos, cinco años de operación, y

3.-Conste que la persona que representará a la organización civil, está mencionada en el acta constitutiva o en algún acta de asamblea posterior, caso en el cual deberá ésta igualmente exhibirse.

c)            Identificación oficial con fotografía de la persona que representará a la organización civil.

d)           Constancia de la persona que representará a la organización civil, de no estar en su caso, en la lista de deudores alimentarios, “La Secretaria del Comité la cual puede ser gestionada en línea a través de la página web de la Fiscalía https://tramites.yucatan.gob.mx/fge, o de forma presencial en el módulo de la Fiscalía en el Periférico Poniente Km. 45.5 tablaje catastral 12648 CP. 97314 Mérida, Yucatán de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas y

e)           Carta de exposición de motivos en la que exponga su interés en formar parte del Comité y la importancia de sus aportaciones para el mismo.

 

COLECTIVOS

 a)           Documento que acredite el interés legítimo del Colectivo en temas de violencia contra las mujeres o defensa de los derechos de las mujeres.

b)           Documento con el cual se acredite contar, con al menos, cinco años de operación.

c)            Documento suscrito, bajo protesta de decir verdad, por la persona que ostente ser la designada por los integrantes del colectivo para representarlos ante el Comité.

d)           Identificación oficial con fotografía de la persona que representará al Colectivo.

e)           Comprobante domiciliario de la persona que representará al Colectivo.

f)            Constancia, de la persona que representará al Colectivo, de no estar en su caso, en la lista de deudores alimentarios, la cual puede ser gestionada en línea a través de la página web de la Fiscalía https://tramites.yucatan.gob.mx/fge, o de forma presencial en el módulo de la Fiscalía en el Periférico Poniente Km. 45.5 tablaje catastral 12648 CP. 97314 Mérida, Yucatán de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas y

g)            Carta de exposición de motivos en la que se exponga el interés del Colectivo en formar parte del Comité y la importancia de sus aportaciones para el mismo.

 

 

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

 

Las Organizaciones de la sociedad civil y Colectivos postulantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos antes señalados, podrán realizar su registro y presentar la documentación en días hábiles, en el período comprendido del 29 de octubre al 19 de noviembre del año en curso, de lunes a viernes, en el horario comprendido de 09:00 a 15:00 horas, en la Dirección del Centro de Justicia Para las Mujeres, ubicado en el Km. 45.5 Tablaje catastral 12648 CP. 97314 Mérida, Yucatán.

 

1.            La Secretaria del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, verificará el cumplimiento de la documentación y de los requisitos exigidos en la presente convocatoria y emitirá el acuse de recibo de documentos y la ficha de inscripción correspondiente.

2.            El plazo para el registro es improrrogable y sólo quien obtenga su constancia con número de folio podrá participar.

3.            Las Organizaciones de la sociedad civil y Colectivos que hubiesen obtenido su constancia de registro se sujetarán a las bases contenidas en la presente convocatoria y

4.            El resultado de la selección se publicará el día 01 de diciembre del 2025, en la página oficial de la Fiscalía General del Estado de Yucatán y en los medios de comunicación de mayor alcance para la sociedad en el Estado de Yucatán.

 

 

 

 

ASPECTOS GENERALES:

 

 1. Se requiere la representación de las Organizaciones Civiles y Colectivos durante todo el proceso de selección.

 2. Se requiere disponibilidad de tiempo completo durante el desarrollo de las etapas de la presente convocatoria.

3. Durante todo el proceso establecido en la presente convocatoria las Organizaciones Civiles y Colectivos deberán conducirse con respeto y resguardar el principio de secrecía, respecto de la información que conozcan con motivo de su participación.

4. El Presidente del Comité se reserva en todo momento el derecho de suspender o declarar desierta la presente convocatoria, con independencia de la etapa en que se encuentre.

5. Los resultados de cada etapa del proceso de selección y las decisiones del Subcomité de Selección establecido de conformidad con los artículos 26, 27, 29 y 30 del Acuerdo FGE 13/2025 son inimpugnables y no admiten recurso alguno.

6. Se evitará toda discriminación por razón de género, religión, estado civil, origen étnico o condición social, o cualquier otra que viole el principio de igualdad de oportunidades, para quienes cumplan con los requisitos de la convocatoria. Los requisitos que deberán cumplir las Organizaciones Civiles y Colectivos para participar en los procesos de selección para integrar el comité, en ningún caso constituyen discriminación alguna.

7. La calidad de solicitante o aspirante, y en su momento de integrante del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, no establece relación laboral o vínculo alguno con la Fiscalía General del Estado de Yucatán, en virtud de que los cargos de los integrantes del Comité son de carácter honorífico, por tanto, quienes los ocupen no devengarán retribución alguna por su desempeño.

8. Las Organizaciones Civiles y Colectivos que acrediten los requisitos y el proceso en los términos de la presente convocatoria, y resulten seleccionados, podrán formar parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, considerando que la selección y designación es facultad exclusiva del Subcomité de Selección.

 9. La Secretaria Técnica del Comité se encargará de remitir a la Unidad Administrativa correspondiente, el Acuerdo en el que se relacionen las  que cumplieron de manera satisfactoria todo el proceso en los términos de la presente convocatoria y resultaron seleccionados para integrar el Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, a efecto de la publicación de dichos resultados en  la página oficial de la Fiscalía General del Estado de Yucatán y en los medios de comunicación de mayor alcance para la sociedad en el Estado de Yucatán.

10. Toda la documentación e información generada durante el proceso de la presente convocatoria será tratada en los términos y condiciones que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán y la Ley de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Yucatán.

11. En caso de que no haya Organizaciones de la sociedad civil o Colectivos que hubiesen participado en el proceso de selección o no hubieren cumplido con los requisitos para formar parte del Comité Técnico de Análisis y Evaluación del Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio, dicho Comité continuará funcionando con los integrantes con los que cuenta.

12. Lo no previsto en la presente convocatoria, será resuelto durante el proceso por el presidente del Subcomité de Selección.

 

 

Fiscalía General del Estado de Yucatán

Km. 45.5 tablaje catastral 12648 CP. 97314 Mérida, Yucatán

Centro de Justicia Para las Mujeres

Teléfono: 9999 303279 Ext. 41264.

En un horario de 09:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes.

Página oficial: www.fge.yucatan.gob.mx

 

Mérida, Yucatán a 29 de octubre de 2025.

 

EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

MTRO. JUAN MANUEL LEÓN LEÓN

PRESIDENTE DEL COMITÉ TÉCNICO DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MINISTERIAL, PERICIAL Y POLICIAL EN EL DELITO DE FEMINICIDIO