Una vez que se contó con la anuencia de las partes involucradas, se celebró un procedimiento de juicio abreviado donde M.E.B.Ch. fue declarado penalmente responsable del delito de violencia familiar y sentenciado a tres años de prisión por los hechos ocurridos en agravio de su esposa en la localidad de Espita.
La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos de prueba suficientes para que la Juez de Control del Quinto Distrito otorgara un fallo condenatorio y sentenciara al acusado además de a la pena de prisión, a la suspensión de sus derechos políticos, a recibir amonestación pública y se le prohíbe acercarse a la víctima por tres años más, una vez que haya cubierto su pena en prisión.
Cabe recordar que el proceso fue desahogado bajo la causa penal 118/2022, donde los especialistas de la Fiscalía establecieron que el acusado y la denunciante estuvieron casados por 12 años, pero ante los constantes maltratos recibidos, la mujer decidió abandonar el domicilio conyugal e irse a vivir a casa de su mamá en la localidad de Espita, a donde se presentó el imputado y bajo amenazas le pidió que regresara con él, pero ante la negativa, se comportó agresivo, por lo que fue detenido por agentes de la Dirección de Policía Municipal.
Antes de finalizar la audiencia, se dispensó la cita programada para la lectura e individualización de sanciones, por lo que los castigos mencionados quedan en firme.